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Revisa la situación de cada comuna a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo define a un Plan Regulador como un instrumento de planificación territorial que contiene un conjunto de disposiciones sobre adecuadas condiciones de edificación y espacios urbanos y de comodidad en la relación funcional entre las zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento (Artículo 41 Ley General de Urbanismo y Construcciones, LGUC).
El PRC se compone de dos grandes fases: Formulación o Diseño del Plan y Aprobación del Plan, cada una de las cuales considera una serie de etapas.
Fase de Formulación o Diseño.
- Diagnóstico: implica la construcción de una “radiografía” de la comuna y sus centros poblados, a través del análisis del medio natural y construido, abarcando aspectos tales como: catastro, análisis demográfico y económico, suelo, áreas protegidas, paisaje, desarrollo histórico, riesgos, áreas o elementos protegidos, equipamiento e infraestructura urbana.
- Imagen Objetivo y Alternativas: definiendo hacia donde queremos dirigir el desarrollo comunal y planteando alternativas que pueden permitir el logro de esa imagen.
- Anteproyecto: implica la elaboración de un proyecto preliminar de Plan Regulador, definiendo las principales normas urbanas referidas a uso del suelo y edificaciones.
- Proyecto: corresponde a la versión definitiva del PRC con sus documentos que lo componen, que posteriormente será sometido a aprobación.
Fase de Aprobación.
- Información: a través del envío de cartas, publicaciones de prensa, audiencias y exposición pública del proyecto de PRC.
- Observaciones: instancia que permite que cualquier interesado puedan hacer llegar sus observaciones mediante carta dirigida al Concejo Municipal.
- Aprobación: contempla el análisis de las observaciones recibidas por parte del Concejo Municipal, para posterior aprobación del proyecto de PRC. Realizado lo anterior, el expediente de PRC es enviado a la SEREMI MINVU para su informe técnico. Finalmente el PRC es promulgado a través de resolución del Gobierno Regional o decreto alcaldicio del municipio.
Si bien la mayoría de las comunas cuentan con este instrumento, aún existen pequeñas localidades que sólo se rigen por disposiciones generales de la OGUC y la LGUC, además del límite urbano. Junto a lo anterior cabe mencionar que en forma constante son revisados y modificados, de acuerdo con la realidad de cada comuna e intercomuna, trabajo que realizan en forma conjunta las municipalidades y los Seremis de Vivienda.
Para saber el estado en que se encuentra cada PRC, puedes revisar el siguiente link del MINVU: http://observatorios.minvu.cl/esplanurba/main.php
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